Burofax de rectificación fehaciente para industria y manufactura: El burofax que acredita la reclamación fehaciente del cobro al deudor, requisito del art. 80. La manufactura mueve pedidos grandes con plazos largos: una orden impagada arrastra un IVA elevado adelantado a Hacienda, y si eres gran empresa el plazo sin cobro es de 1 año.
IVABot redacta el burofax de reclamación fehaciente del cobro al deudor, con acuse de recibo y certificación de texto. Desde la Ley 31/2022 (PGE 2023), el art. 80.Cuatro de la Ley del IVA admite como reclamación fehaciente «cualquier medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro»: el burofax, el email certificado con acuse y sello de tiempo, o cualquier medio de prueba válido en Derecho. Ya no hace falta requerimiento notarial ni reclamación judicial para abrir la puerta a recuperar el IVA.
En industria y manufactura, La industria manufacturera maneja pedidos grandes y plazos B2B largos. Si el volumen de operaciones supera 6.010.121,04 €, el plazo sin cobro es de 1 año. Una orden de carga impagada supone un IVA elevado parado en Hacienda. El flujo del sector es orden de carga o pedido → entrega y albarán → factura B2B con IVA → plazo sin cobro (1 año si gran empresa) → rectificativa + 952. Con IVABot, reclamación fehaciente válida para el art. 80 liva sin notario ni juzgado.
orden de carga o pedido → entrega y albarán → factura B2B con IVA → plazo sin cobro (1 año si gran empresa) → rectificativa + 952. IVABot inserta burofax de rectificación fehaciente en ese flujo: