Burofax de rectificación fehaciente para transporte por carretera: El burofax que acredita la reclamación fehaciente del cobro al deudor, requisito del art. 80. El transporte une riesgo alto de impago (35 % de empresas en riesgo máximo o elevado) y márgenes estrechos: el IVA de un flete impagado se queda en Hacienda si no sigues los plazos.
IVABot redacta el burofax de reclamación fehaciente del cobro al deudor, con acuse de recibo y certificación de texto. Desde la Ley 31/2022 (PGE 2023), el art. 80.Cuatro de la Ley del IVA admite como reclamación fehaciente «cualquier medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro»: el burofax, el email certificado con acuse y sello de tiempo, o cualquier medio de prueba válido en Derecho. Ya no hace falta requerimiento notarial ni reclamación judicial para abrir la puerta a recuperar el IVA.
En transporte por carretera, El 35 % de las empresas de transporte está en riesgo máximo o elevado de impago. El IVA del flete se declara aunque no se cobre, así que un impago anula la rentabilidad del viaje y encima deja el IVA en Hacienda. El flujo del sector es flete o albarán con IVA repercutido → factura del servicio → plazo sin cobro → reclamación fehaciente → rectificativa + 952. Con IVABot, reclamación fehaciente válida para el art. 80 liva sin notario ni juzgado.
flete o albarán con IVA repercutido → factura del servicio → plazo sin cobro → reclamación fehaciente → rectificativa + 952. IVABot inserta burofax de rectificación fehaciente en ese flujo: