Sí, pero solo sobre la parte no cobrada
El artículo 80 de la LIVA permite recuperar el IVA del importe no cobrado, no solo de facturas totalmente impagadas. Si tu cliente pagó una parte, puedes rectificar y recuperar el IVA proporcional a la parte no cobrada.
Ejemplo práctico
Factura de 3.000€ + 630€ IVA (21%) = 3.630€ total. El cliente paga 1.000€ y el resto (2.000€) queda impagado.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Factura original | 3.000€ + 630€ IVA |
| Importe cobrado | 1.000€ (333,33€ de IVA proporcional) |
| Importe no cobrado | 2.000€ (420€ de IVA proporcional) |
| Rectificativa | -2.000€ base / -420€ IVA |
| IVA recuperable | 420€ |
Cómo emitir la rectificativa parcial
La factura rectificativa debe detallar:
- Importe efectivamente cobrado (1.000€ en el ejemplo).
- Importe no cobrado (2.000€).
- Base imponible rectificada (-2.000€, solo la parte no cobrada).
- Cuota rectificada (-420€, IVA proporcional).
Modelo 952: campos a rellenar
En el modelo 952, los campos relevantes son:
- Importe efectivamente cobrado: 1.000€.
- Importe no cobrado: 2.000€.
- Base imponible rectificada: 2.000€.
- Cuota rectificada: 420€.
Errores comunes
- Rectificar el total en lugar de la parte no cobrada (recuperarías IVA que sí cobraste).
- No declarar el importe cobrado en el modelo 952 (la AEAT puede sancionar).
- No respetar los plazos (6 meses sin cobro de la parte pendiente + 3 meses rectificativa + 1 mes modelo 952).
¿Y si el cliente paga después de la rectificativa?
Si después de rectificar el cliente paga la parte pendiente, debes:
- Emitir una nueva rectificativa en positivo (anula la anterior).
- Presentar un modelo 952 de regularización.
- Volver a ingresar el IVA recuperado en el siguiente período.
Conclusión
La recuperación parcial del IVA es perfectamente legal pero requiere precisión en los importes. IVABot calcula automáticamente la proporción no cobrada y genera la rectificativa parcial con los datos correctos.