← Volver al blog
IVA y AEAT04 de julio de 2026· 4 min de lectura

IVA repercutido vs IVA soportado: qué recuperar en cada caso

El IVA repercutido es el que cobras a clientes; el soportado, el que pagas a proveedores. Te explicamos la diferencia y qué puedes recuperar si hay impagos.

IVA repercutido vs IVA soportado

ConceptoIVA repercutidoIVA soportado
Qué esIVA que cobras a tus clientesIVA que pagas a tus proveedores
Cómo se registraEn la factura de ventaEn la factura de compra
En la liquidaciónDebe (a ingresar a Hacienda)Haber (a deducir de Hacienda)
Si hay impagoRecuperable vía art. 80 LIVANo recuperable (ya lo dedujiste)

El problema: el IVA repercutido impagado

Cuando emites una factura con IVA del 21% y el cliente no paga, tú ya ingresaste ese IVA a Hacienda en tu liquidación trimestral. Estás financiando a Hacienda con un IVA que no cobraste.

El art. 80 LIVA te permite recuperar ese IVA repercutido, reduciendo la cuota devengada mediante factura rectificativa + modelo 952.

¿Puedes recuperar el IVA soportado?

El IVA soportado (el que pagaste a tus proveedores) ya está deducido en tu liquidación. No hay nada que "recuperar" — es tu derecho de deducción. El art. 80 LIVA no aplica al IVA soportado.

Excepción: si anulas una compra (el proveedor te rectifica), debes ingresar de nuevo el IVA soportado que habías deducido. Pero esto no es "recuperación", es regularización.

Ejemplo completo

OperaciónIVA repercutidoIVA soportado
Vendes servicio 1.000€ + 210€ IVA (cliente no paga)210€ (a recuperar vía art. 80)
Compras material 500€ + 105€ IVA (pagas)105€ (deducido)
Liquidación T1: repercutido - soportado210€ - 105€ = 105€ a ingresar
Tras rectificativa art. 800€ - 105€ = -105€ (a devolver)

Conclusión

El art. 80 LIVA solo recupera el IVA repercutido impagado, no el soportado. Conocer la diferencia evita errores contables y te permite actuar con precisión. IVABot identifica tu IVA repercutido impagado y genera la rectificativa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para recuperar el IVA de una factura impagada?

6 meses desde el devengo de la operación, prorrogables a 9 meses si reúnes los requisitos del art. 80.Tres LIVA. Pasado ese plazo el IVA es irrecuperable.

¿Qué es el modelo 952?

Es la comunicación a la AEAT de la condición de deudor incobrable. Necesaria para que la factura rectificativa recupere el IVA repercutido.

¿Necesito emitir factura rectificativa?

Sí. El art. 80 LIVA exige factura rectificativa + prueba fehaciente de la impagación (burofax) para modificar la base imponible y recuperar el IVA.

¿El burofax es obligatorio para recuperar el IVA?

Sí, como medio fehaciente de la reclamación. La AEAT lo exige para acreditar la impagación.

¿Qué pasa si pierdo el plazo de 6/9 meses?

El IVA repercutido pasa a ser definitivo e irrecuperable; lo soportas tú como coste.

¿Puedo recuperar el IVA si el cliente es insolvente?

Sí, justamente para eso sirve el art. 80 LIVA: la insolvencia no te obliga a soportar el IVA si sigues los plazos y el procedimiento.

Referencias y autoridades

CB
IVABot Legal
Equipo legal de IVABot

¿IVA de facturas impagadas?

Recupera el IVA con burofax + factura rectificativa + modelo 952 en un clic. Trackea tus 3 plazos legales automáticamente.

Probar IVABot gratis