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IVA y AEAT04 de julio de 2026· 4 min de lectura

Recuperar IVA del 10% y 4%: tipos reducidos en facturas impagadas

El art. 80 LIVA aplica a todos los tipos de IVA: 21%, 10% y 4%. Te explicamos cómo calcular la cuota recuperable en facturas con tipos reducidos, con ejemplos.

El art. 80 LIVA aplica a todos los tipos

El mecanismo del art. 80 LIVA funciona para cualquier tipo de IVA:

  • 21% (general).
  • 10% (reducido: hostelería, alimentación general, transporte pasajeros).
  • 4% (superreducido: alimentación básica, libros, medicamentos).

El proceso es idéntico: 6 meses sin cobro + burofax + rectificativa + modelo 952.

Cálculo de la cuota recuperable

Ejemplo 1: IVA al 10%

Factura de catering (hostelería) por 2.000€ + 200€ IVA (10%) = 2.200€.

  • Base imponible: 2.000€
  • Tipo: 10%
  • Cuota recuperable: 200€

Ejemplo 2: IVA al 4%

Factura de libros por 1.000€ + 40€ IVA (4%) = 1.040€.

  • Base imponible: 1.000€
  • Tipo: 4%
  • Cuota recuperable: 40€

Ejemplo 3: IVA al 21%

Factura de electrónica por 1.000€ + 210€ IVA (21%) = 1.210€.

  • Base imponible: 1.000€
  • Tipo: 21%
  • Cuota recuperable: 210€

Tabla comparativa de recuperación

BaseIVA 21%IVA 10%IVA 4%
1.000€210€100€40€
3.000€630€300€120€
5.000€1.050€500€200€
10.000€2.100€1.000€400€

Rectificativa con tipo reducido

La factura rectificativa debe respetar el tipo original:

  • Si la factura original era del 10%, la rectificativa es del 10% (en negativo).
  • No puedes cambiar el tipo en la rectificativa.
  • El modelo 952 debe reflejar el mismo tipo.

Errores comunes con tipos reducidos

  • Cambiar el tipo en la rectificativa: invalida la rectificación.
  • Calcular la cuota con el tipo equivocado: error cuantitativo en el modelo 952.
  • No respetar el plazo sin cobro: 6 meses (pyme) o 1 año (gran empresa), independientemente del tipo.

Caso especial: factura con varios tipos

Si una factura incluye productos con tipos distintos (ej. alimentación 10% + bebidas alcohólicas 21%), la rectificativa debe respetar el desglose. Cada tipo tiene su propia línea en la rectificativa y en el modelo 952.

Conclusión

El art. 80 LIVA aplica a todos los tipos de IVA. Respeta el tipo original en la rectificativa y calcula la cuota recuperable correctamente. IVABot calcula automáticamente la cuota recuperable según el tipo de IVA de cada factura.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para recuperar el IVA de una factura impagada?

6 meses desde el devengo de la operación, prorrogables a 9 meses si reúnes los requisitos del art. 80.Tres LIVA. Pasado ese plazo el IVA es irrecuperable.

¿Qué es el modelo 952?

Es la comunicación a la AEAT de la condición de deudor incobrable. Necesaria para que la factura rectificativa recupere el IVA repercutido.

¿Necesito emitir factura rectificativa?

Sí. El art. 80 LIVA exige factura rectificativa + prueba fehaciente de la impagación (burofax) para modificar la base imponible y recuperar el IVA.

¿El burofax es obligatorio para recuperar el IVA?

Sí, como medio fehaciente de la reclamación. La AEAT lo exige para acreditar la impagación.

¿Qué pasa si pierdo el plazo de 6/9 meses?

El IVA repercutido pasa a ser definitivo e irrecuperable; lo soportas tú como coste.

¿Puedo recuperar el IVA si el cliente es insolvente?

Sí, justamente para eso sirve el art. 80 LIVA: la insolvencia no te obliga a soportar el IVA si sigues los plazos y el procedimiento.

Referencias y autoridades

CB
IVABot Legal
Equipo legal de IVABot

¿IVA de facturas impagadas?

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